Cómo obtener contrato de aprendizaje en el SENA

¿Qué es un contrato de aprendizaje del SENA?  En una vinculación dentro del Derecho Laboral,  por un plazo no mayor a dos (2) años en personas que están en fase de formación en el SENA y que son auspiciadas por empresas que patrocinan para ayudar a las personas que se educan y desarrollan actividades operativas.

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¿Quienes no pueden acceder un contrato de trabajo?

No constituye contrato de aprendizaje:

  • Actividades por convenios en calidad de pasantías como requisito para título.
  • Prácticas en servicio social obligatorio (salud), en caso que las practicas sean obligatorias en el grado  10 y 11 de lectiva secundaria.
  • Prácticas que se desarrollan en protección social que sea promovidas por el Estado

Cómo puedes acceder El Sistema de Gestión virtual de Aprendices SGVA

El Acceso al SGVA El Sistema de Gestión virtual de Aprendices SGVA se encuentra disponible en la dirección web: ver más  y se encuentra abierto para los aprendices SENA que han seleccionado Contrato de aprendizaje como su modalidad de certificación.

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¿Cuál es la normatividad del contrato de aprendizaje?

En el decreto 1779 DE 2009 se indica, cómo obtener contrato de aprendizaje en el SENA, ARTÍCULO PRIMERO: Modificase el Parágrafo 1° del artículo 11 del Decreto 933 de 2003, el cual queda así:

Los empleadores no exceptuados de contratar aprendices, podrán aumentar voluntariamente el número de aprendices patrocinados con alumnos del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, en la siguiente proporción, siempre y cuando no hayan reducido el número de empleados vinculados a la empresa en los tres meses anteriores a la fecha en que se solicite al SENA la aplicación del beneficio, ni reduzcan la nómina durante la vigencia de los contratos de aprendizaje, en caso que lo haga, dará por terminado los contratos de aprendizaje voluntarios proporcionalmente:

  • Empresas entre 1 y 14 empleados, desde 1 aprendiz hasta el 50% del número total de empleados de la respectiva empresa
  • Empresas entre 15 y 50 empleados, hasta el 40% del número total de empleados de la respectiva empresa
  • Empresas entre 51 y 200 empleados, hasta el 30% del número total de empleados de la respectiva empresa
  • Empresas con más de 200 empleados, hasta el 20% del número total de empleados de la respectiva empresa

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La empresa u organización consideré aumentar el número de aprendices, debe informarlo a la Regional del SENA donde funcione su domicilio, indicando el número de aprendices que requiere y su especialidad.

Las condiciones del contrato de aprendizaje se deben tener en cuenta:

  • Las obligaciones de la empresa
  • Las obligaciones y derechos de los aprendices
  • Los aprendices contratados en cumplimiento de la cuota de aprendizaje
  • El SENA estará pendiente del cumplimiento del decreto 1779 DE 2009
  • Se registrada en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA
  • La verificación del incumplimiento de una de las obligaciones señaladas en este Decreto por parte de la empresa

¿Necesita más información?

Bogotá: 3430111
Resto del país: 018000910270

Horario de atención: Lunes a Viernes 7:00 am a 7:00 pm – Sábados 8:00 am a 1:00 pm

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